Resumen: La Sala de lo Social de la AN estimó la demanda de impugnación de actos administrativos planteada por la empresa, anuló la orden ministerial de 2/8/20 y confirmó la resolución de 9/6/20 de la DGT aprobó por silencio administrativo el ERTE por fuerza mayor derivado de la Covid 19 planteado por la empresa Dornier SA, que se dedica a la gestión de aparcamientos y cuyos clientes son mayoritariamente, Ayuntamientos. La Sala IV desestima los recursos interpuestos tanto por el Ministerio de Trabajo como por la FESMC. Se descarta la incongruencia omisiva, pues la SAN da respuesta a la denuncia de infracción del art. 34 RD-L. 8/2020, que fue la materia planteada en el recurso de alzada resuelto por la orden ministerial impugnada, sin que se debatiera en tal instancia sobre la concurrencia de fuerza mayor. También se desestima la revisión del relato fáctico instada por el Sindicato. Y ante la cuestión relativa a si es posible compatibilizar lo recogido en los arts. 22 y 34 del RDL 8/2020, se resuelve por la Sala, con aplicación del criterio anterior, el ERTE por fuerza mayor es compatible con el derecho del concesionario de un contrato público al restablecimiento del equilibrio económico del contrato.